jueves, abril 30

Archivada causa niña O'Belén y otro menor muerto en centro privado

http://www.adn.es/local/madrid/20090429/NWS-1232-Jueza-furgoneta-arrojarse-archiva-menor.html

La jueza archiva la causa por la menor que murió al arrojarse de una furgoneta y mientras tanto...

78  visita/s |29 de Abril del 2009 [16:16]

Muere otro adolescente en un centro de menores del Estado español.

La jueza de Instrucción número 1 de Coslada (Madrid) ha decretado el archivo provisional de la causa que abrió por la muerte de Saray G.M., que falleció tras saltar de un vehículo en el trayecto hasta un centro de menores de Azuqueca de Henares (Guadalajara) y cuya familia ha presentado una denuncia para que se investigue lo ocurrido.

Mientras la justicia y los políticos hacen la oídos sordos, otro menor muere en condiciones poco claras en Pamplona

El pasado 25 de marzo Miguel, de 17 años, fallecía en el Centro de Menores de Ilundain, en Pamplona. La noticia le llegaba a su madre a través de una llamada telefónica del centro donde le comunicaban que había sucedido un accidente. A preguntas de su madre de qué accidente, el centro le indicaba que su hijo se había suicidado. Parece que Miguel se ahorcó en la habitación en que permanecía encerrado.

Miguel, conocido como "Txapelo" por sus amigos y vecinos de Tudela, donde vivía, llevaba dos meses internado en el centro de Pamplona cumpliendo una medida cautelar.

Margarita, su madre, se queja de la falta de atención y del mal trato que viene recibiendo por parte de las autoridades del centro y de los servicios sociales, así como de la confusión que existe respecto a las circunstancias de la muerte de su hijo. En ningún momento han sido claros y precisos con ella.

Esta es la tercera muerte conocida de un menor en menos de 6 meses en los centros de menores del estado español. En los tres casos, el centro estaba gestionado por una entidad privada.

El Centro de Menores de Ilundain está gestionado por la entidad privada Fundación Ilundain Haritz-Berri.


Margarita está luchando para que se esclarezca lo que ha sucedido y para que se investigue cómo funcionan los centros de menores y qué pasa en el interior de los mismos. "Yo lo que quiero saber es lo que le ha sucedido a mi hijo y que la gente lo conozca, saber qué ocurre en estos centros. Que ninguna madre ni ningún chaval tengan que pasar por esto."

Margarita se ha puesto en contacto con la asamblea a través de Paqui, la madre sevillana de la que hemos publicado anteriores noticias. Animamos a toda la gente que quiera apoyar a estas madres a que se ponga en contacto con ellas.

Seguiremos informando.


Así lo han indicado a Efe fuentes de la representación legal de la familia de la chica, que murió el pasado 19 de abril a los 14 de años tras permanecer una semana en coma en el Hospital Niño Jesús de Madrid a causa de las lesiones que sufrió al saltar de la furgoneta que la trasladaba desde la estación de Atocha al centro de menores Casa Joven de Azuqueca.

Saray, que estaba internada en el centro desde mayo de 2008 bajo la tutela de la Junta de Castilla-La Mancha, volvía de pasar las vacaciones de Semana Santa en Ciudad Real con sus tíos y su abuela, encargada de su acogimiento al estar los padres de la menor en prisión.

Las fuentes consultadas han explicado que la jueza decretó el pasado 22 de abril el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones y que dos días después, el viernes 24, la abuela de la menor presentó una denuncia en ese mismo órgano judicial para que se investiguen los hechos.

En concreto, ha pedido que se tome declaración judicial al monitor que conducía la furgoneta, a las dos menores que viajaban en ella junto a Saray y al responsable del centro de menores Casa Joven de Azuqueca, que es gestionado por la Fundación O'Belén.

Las fuentes consultadas han confiado en que la jueza reabra la causa a partir de esta denuncia, pues cuando decidió archivarla no había practicado ninguna prueba y en el expediente sólo constaba el atestado de la Guardia Civil.

La muerte de Saray, además del proceso judicial, motivó la apertura de sendas investigaciones por el Defensor del Pueblo y por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

El Defensor del Pueblo, que criticó el funcionamiento de Casa Joven en el informe que presentó en febrero en el Senado sobre los centros de menores en España, volvió a visitar sus instalaciones el martes pasado, según las fuentes consultadas por Efe.

Más info: http://www.centrosdemenores.com

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miércoles, abril 29

Cgae critica nueva Ley Extranjería por no garantizar Derechos Niño, criminalizar al inmigrante, sancionar e internar

http://www.publico.es/espana/222138/abogados/critican/nueva/ley/extranjeria

Los abogados critican la nueva Ley de Extranjería. El Consejo dice que "criminaliza al inmigrante irregular"

D. A. - MADRID - 28/04/2009 21:50

El anteproyecto de reforma de la Ley de Extranjería (LOEX) que prepara el Gobierno se topó el martes con el rechazo del informe evaluador del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE). En su análisis, la Subcomisión de Extranjería denuncia el "exceso sancionador de la LOEX" y muestra su "preocupación por el trato a los menores no acompañados".

La reforma del texto fue aprobada por el Consejo de Ministros a finales de diciembre de 2008 y, desde entonces, el anteproyecto se encuentra en manos de los órganos consultivos del Gobierno. Entre ellos se encuentra el CGAE, cuyo informe tendrá en cuenta el Ejecutivo antes de presentar el texto final en el Congreso de los Diputados para su aprobación.

La Subcomisión centra sus críticas en cuatro áreas: la criminalización de los inmigrantes, la falta de garantías para los menores no acompañados, la ampliación del internamiento en los CIE y que se priorice la sanción frente a la integración.

"El nuevo texto ha puesto el acento en los aspectos restrictivos"

"El nuevo texto ha puesto el acento en los aspectos restrictivos y en el sentido de incrementar las sanciones frente a las situaciones de mera irregularidad", afirma el CGAE. Además, denuncia que la inclusión de "conceptos rechazables, como el riesgo de fuga, extraídos del derecho penal y que se contienen en la directiva europea de la vergüenza no hacen sino favorecer la criminalización denunciada".

Respecto a los menores no acompañados, los abogados consideran que, de aprobarse tal cual está redactada, la Ley incumplirá la Convención de los Derechos del Niño al tratar a los menores "con la misma dureza y rigidez que a los adultos". "Se les somete a una obsesión por la expulsión digna de otra causa", asevera.

El poder de las palabras

Los abogados también lamentan el vocabulario que se utiliza en la redacción de la nueva Ley. Así, instan al Gobierno a diferenciar conceptos como "inmigración irregular" de "inmigración ilegal" y no confundir "facilitar" con "beneficiarse o traficar" con la inmigración irregular.

Desde el anuncio de modificación de la Ley de Extranjería, la polémica más destacada ha sido el aumento de 40 a 60 días de los plazos de encierro de irregulares en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE).

A este respecto, los abogados consideran que "el internamiento no se concibe como una medida cautelar, sino como un instrumento represivo" y denuncian que existe la posibilidad de prolongar el internamiento más de 60 días.

Además de este informe, el organismo que representa a los jueces el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) votará este miércoles otro documento de similares características. En éste, los magistrados prevén dar un nuevo tirón de orejas al Ejecutivo destacando sobre todo la ampliación de los plazos de internamiento de los inmigrantes en situación irregular.

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Comparativas entre texto vigente de la ley y reglamento de extranjería

Equipo Jurídico de Andalucía Acoge realiza comparativas entre texto vigente de la ley y reglamento de extranjería

07/04/2009

Comparativas entre texto vigente del reglamento de extranjería y texto del anteproyecto

Fuente: Andalucia Acoge

Declaración del Colectivo No a O´Belen ante el 1º de Mayo

 

Desde el año 99, se vienen sucediendo numerosos informes que alertan de la grave situación que soportan los menores internados en los centros gestionados por la Fundación O´Belen (Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, Defensor del Pueblo de Castilla La Mancha, informes de los técnicos de Bienestar Social, y el reciente informe del Defensor del Pueblo presentado hace tan sólo tres meses). Este último informe relata el maltrato que sufren los menores, consistente en abuso de psicofármacos, celdas de aislamiento que parecen "mazmorras medievales", empleo de la violencia física contra los niños, no escolarización de los menores e incluso denuncia las nefastas condiciones de habitabilidad de los centros gestionados por la fundación de Emilio Pinto. Cada vez son más los colectivos que denuncian mediante actos públicos, manifestaciones, etc. su repulsa por la situación de los niños y las niñas tutelados por las administraciones públicas. Recordemos que O´Belen tiene a sus espaldas la muerte de al menos tres niños.

 

Todo esto se debe a la privatización del sector, que ha convertido el sistema de protección de menores en un rentable negocio. Por eso, consideramos que el papel de los sindicatos de clase es fundamental a la hora no sólo de garantizar la dignidad y la estabilidad del empleo en el sector, sino en la protección de los derechos de la infancia desamparada. En este sentido, saludamos la lucha iniciada por FES-UGT al denunciar que "estas entidades son empresas con ánimo de lucro que están haciendo negocio con la vida de los menores" y ha pedido que se les retire los servicios de protección de menores que tiene O´Belen.

 

En la misma línea, CCOO de Ceuta ha denunciado las torturas que sufren los menores internados en el centro Punta Blanca de dicha localidad, y ante las críticas e incluso las agresiones físicas que han sufrido los compañeros tras denunciar el caso, han dejado claro que "Comisiones Obreras siempre defenderá los derechos de los ciudadanos en general y los menores son los más desprotegidos de nuestra sociedad". Este es el camino.

 

Sin embargo, lamentamos profundamente la actitud de la Federación de Enseñanza de CCOO de Castilla La Mancha, que en un comunicado firmado por su secretario general no hace sino justificar a O´Belen e insultar a un sindicato hermano como es UGT, utilizando demagógicamente la defensa de puestos de trabajo. Esta federación se ha convertido en la correa de transmisión de la patronal del sector en cuestión, como queda claro al estar en el comité intercentros de O´Belen por CCOO Rafael Pinto, sobrino del presidente de la FIOB. ¡Incluso el sindicato vertical cuidaba más las formas! Ante esta forma de actuar, indigna de un sindicato de clase, nos vemos obligados a denunciar públicamente a Alfonso Gil Simarro, secretario general de CCOO Enseñanza de Castilla La Mancha, y a exigir su dimisión inmediata.

 

  • CIERRE DE LOS CENTROS DE O´BELEN.
  • POR UNOS SERVICIOS SOCIALES PÚBLICOS
  • DIMISIÓN DE ALFONSO GIL SIMARRO

COLECTIVO NO A O´BELEN


martes, abril 28

Gipuzkoa aboga por reagrupación familiar menores inmigrantes casos más graves

Nota de la Red-Xarxa:

"
O SEA, QUE LOS NIÑOS MÁS MALTRATADOS POR LOS SISTEMAS DE PROTECCIÓN DEL ESTADO ESPAÑOL, SIENDO EL GUIPUZCOANO EL ÚLTIMO, SEAN REPATRIADOS.

EDUCATIVA, EDIFICANTE, LÓGICA Y FÁCIL SOLUCIÓN. INMORAL, ANTIPROFESIONAL, DELICTIVO Y DEL GÉNERO IMBÉCIL.
NO HAY OTRAS PALABRAS PARA CALIFICAR ESTA ABSURDA CONCLUSIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS GUIPUZCOANAS. DIMITAN Y NO SIGAN MALTRATANDO A MENORES. DIMITAN, DEDÍQUENSE A OTRA COSA SEÑORÍAS."
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Guipúzcoa aboga por la reagrupación familiar de menores inmigrantes en los casos más graves

EFE Actualizado 27-04-2009 16:21 CET

San Sebastián.- La Diputación de Guipúzcoa y representantes de Eudel y de los 16 municipios del territorio que cuentan con recursos de acogida para menores inmigrantes no acompañados han pedido que los chicos que "agoten" las posibilidades de inserción sean reagrupados con su familia en sus propios países.

Esta es una de las conclusiones de la reunión que han mantenido hoy responsables del departamento foral de Política Social con miembros de la Asociación de Municipios Vascos, Eudel, y representantes de los 16 consistorios citados para tratar los problemas suscitados por algunos de estos menores en las últimas semanas en Guipúzcoa, donde se han producido decenas de detenciones por robos y otros delitos.

Al término del encuentro, la Diputación ha hecho público un comunicado que da cuenta de los acuerdos alcanzados por los participantes, entre los que destaca la petición del "reagrupamiento familiar en sus países de origen para todos aquellos -menores inmigrantes- que hayan agotado las posibilidades educativas y de inserción" que se les ha ofrecido.

Según esta nota, los congregados también han demandado un "cambio en la legislación vigente" en lo referente a la "valoración" de los actos delictivos y la "respuesta" ante este problema, así como el "establecimiento de cupos" de menores inmigrantes "por territorios" en toda España.

Han solicitado asimismo que se establezcan "criterios homogéneos de actuación por parte de todas las Comunidades Autónomas" para limitar "el libre tránsito" de los chicos.

Los participantes han acordado igualmente "la puesta en marcha de un plan conjunto" que contempla la "implantación" de "grupos de trabajo" en los que tomarán parte "agentes municipales y sociales del entorno de cada centro de acogida" de menores, además de "reuniones periódicas de coordinación territorial con los ayuntamientos" para analizar la evolución de la situación y gestionar las "propuestas de mejora".

Durante la reunión celebrada hoy se ha informado a los alcaldes de los 16 municipios citados sobre el sistema de atención a los menores extranjeros no acompañados, así como de las "características del colectivo" y del "número de llegadas registradas", la cifra de chicos atendidos por la Diputación y el nuevo programa de atención a estos jóvenes.

Al término del encuentro, la institución foral y los consistorios se han comprometido a mantener "una comunicación fluida" y a celebrar "contactos formales" de manera periódica con el objetivo de "hacer un seguimiento de la situación y de los acuerdos que se adopten", para lo que se elaborará un "protocolo de actuación".

Fuente:http://www.soitu.es/soitu/2009/04/27/info/1240842094_364188.html?id=937ff50491fc05778a4a81c9cbc56c78&tm=1240880495

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domingo, abril 26

Xenofobia tras el modelo fracasado de atención a menores no acompañados de la Diputación de Gipuzkoa

La alarma social suscitada en Guipúzcoa estigmatiza a los menores inmigrantes

KARIM ASRY - San Sebastián - 26/04/2009

Las cosas no van bien. La respuesta de la Diputación de Guipúzcoa al conflicto de los menores extranjeros no acompañados no satisface ni a vecinos ni a ayuntamientos ni a las asociaciones que trabajan con este colectivo, probablemente uno de los más frágiles y más propensos a caer en la marginalidad y en la delincuencia por su carencia de redes sociales que les sustenten. Fuentes municipales reconocen que "esperan poco" de la reunión interinstitucional del próximo miércoles con el ente foral, que se ve desbordado por un problema al que ninguna institución en España ha encontrado soluciones, si se tiene en cuenta la trayectoria hasta ahora. En paralelo, el estigma de la xenofobia, propiciada por la sucesión de titulares que asocian a estos jóvenes con la delincuencia, ha destrozado meses, años incluso, de trabajo para reducir la brecha entre estos jóvenes y la sociedad de acogida. Todo esto, a pesar de que el grado de delitos cometidos por algunos de ellos, al menos en San Sebastián, no ha aumentado de forma

"Tratarles bien no da votos. A nosotros nos piden mano dura con ellos"

Los delitos no han aumentado de forma signiticativa en San Sebastián

Una sospecha permanente parece haberse instalado sobre el comportamiento de los menores extranjeros no acompañados en Guipúzcoa. Lo que relatan tanto los tutelados como los que viven en la calle desde que cumplieron la mayoría de edad desconcierta por su dureza. La Ertzaintza, por ejemplo, no dudó en acabar por la fuerza con uno de los refugios, con colchones y mantas, que tenían estos chavales debajo de un puente, según relatan varios de ellos de forma independiente. Si no tienen billete, algo que los vigilantes de seguridad se encargan sistemáticamente de pedirles, no tienen derecho a estar en cualquier estación de tren. Si llevan un móvil encima demasiado bonito, es probable que les insten a presentar la factura, porque algunos agentes dan por sentado que lo han robado. Basta con echar un vistazo a los comentarios anónimos dejados bajo las noticias de los medios digitales sobre los menores que se fugaron del centro de Deba después de denunciar malos tratos ante la justicia para ver que la solución evocada suele estar más cerca del "que se vayan a su país", que de cuestionar la eficacia del proyecto de acogida para los casos más complejos.

"Tratarles bien no da votos, pero sí puede quitártelos cuando empiezan a molestar y los vecinos no ven que actúas en consecuencia. A nosotros nos piden mano dura con ellos ¿qué vamos a hacer?", reconoce el concejal de un ayuntamiento guipuzcoano. Los principales cauces por los que los municipios recaban información sobre el comportamiento de estos menores suelen ser la Policía y los vecinos -en Igeldo, el pasado año, varios indicios apuntaron a que algunos vecinos prendieron fuego a un futuro centro de acogida para impedir que los menores fuesen trasladados allí-.

"El policía suele estar en contacto con las situaciones más conflictivas, con la anormalidad. Y los vecinos suelen tener sus angustias, a veces justificadas, pero no convirtamos lo anormal en la norma", reclama Gorka Moreno, investigador del Observatorio Vasco de la Inmigración y profesor de Trabajo Social en la UPV. "Los datos afirman que la abrumadora mayoría de estos jóvenes no dan problemas", añade."Cuando empecé a leer del tema de los delitos cometidos por los menores fugados del centro de Deba me puse a preguntar. Y resulta que no, que está pasando lo mismo que antes, sólo que ahora sale en los periódicos", señala una abogada que suele defender a estos chavales. Fuentes judiciales lo confirman: "Una cosa son los menores que Diputación considera que son conflictivos y otra los que comenten delitos. La alarma no está justificada judicialmente hablando. No ha habido en San Sebastián un aumento significativo, además del habitual por el aumento de la población. La alarma se ha generado porque se ha querido, a raíz de la creación de centros como el de Deba".

Es probable, destaca Moreno, que a medida que aumente la proporción de población inmigrante en Euskadi también aumenten los roces y una percepción menos favorable hacia ellos. "La valoración de responsabilidad moral que se tiene con respecto a un colectivo es la que marca el concepto de ciudadanía estipulado en las leyes, que diferencian entre quienes tienen derecho a votar y quienes no. Es la legislación de extranjería la que marca quién se termina considerando nuestro", explica. Moreno también hace una reflexión sobre el papel de los medios de comunicación, recordando que, al trasladar a la opinión pública sólo las situaciones negativas, se termina reforzando el estigma con el que estos chavales tienen que vivir.

"Cuando leo las noticias estas sobre menores que abren coches, me río. Me río porque yo hacia lo mismo cuando estaba en un piso tutelado. Todas las cosas que hacían estos ya las hacíamos nosotros. Bueno, yo no llegué a tener que robar para comer. Si Diputación me hubiese dejado en la calle, haría probablemente lo mismo que ellos", explica Leire, que vivió durante muchos años en un centro de menores tutelada por la Diputación y se siente reflejada en la rabia que destilan varios de los jóvenes extranjeros. "¿Que en los centros hay varios chavales que son unos hijos de puta? Seguro. Pero a muchos los convierten en hijos de puta", concluye.

La sensación de abandono que acompaña a algunos de los casos considerados irrecuperables por la Diputación hace mella. Los que terminan en la calle, bien porque son trasladados a Deba y terminan fugándose, o porque cumplen los 18 años y terminan en la calle, sienten que no le deben nada a nadie.

"¿Tú sabes lo duro que es verlos en la calle? Serán unos cabrones, pero en el fondo les admiro, por cómo aguantan. Cuando llega el momento de despedirse, sabes que tú te vas a dormir calentito a tu cama y que ellos se van a quedar allí... Hasta quita el sueño a veces", explica un educador marroquí que ha sabido ganarse su confianza. La Diputación asegura que dos tercios de los chavales terminan siendo acompañados hacia la mayoría de edad con recursos de emancipación. Varios educadores cuestionan esta cifra: "Es mentira: tendrán poco más de 40 plazas. Las guardan sólo para los que mejor se portan; los demás tienen que buscarse la vida cuando cumplen 18".

No todo el mundo ha tirado la toalla con los que están en la calle. Un grupo de voluntarios de SOS Racismo realiza regularmente actividades con estos jóvenes magrebíes, para escuchar sus angustias, compartir un té y para dejarles claro que hay gente a quienes les importa su situación. Para muchos es el único vínculo que les sigue uniendo a esta sociedad. Un poco de té caliente, unas galletas, una baraja española y mucho tabaco son el pretexto utilizado para hacerles olvidar sus demonios. Gran parte de los voluntarios tienen alguna vinculación con el mundo del trabajo social.

"¿Sabes lo importante que es para nosotros que alguien nos escuche? Los problemas nos desbordan, no sé ni donde empezar. Vine a ver si podía ahorrar para hacerme una casita en Marruecos, conocer a una novia... y aquí estoy", resume Jaouad, que vive en la calle, indocumentado y sin vislumbrar una salida a su situación. A pesar de todo ello, volver a Marruecos no es una posibilidad contemplable para él. Para todos, evocar el retorno es ponerle nombre al fracaso. Allí ha calado la imagen de que triunfar en Europa es fácil, que lo difícil es cruzar la frontera. "Y los que vuelven de vacaciones nunca dicen la verdad. Algunos estamos aquí viviendo como perros, pero después no nos atrevemos a decirle la verdad a la familia. Si la gente supiera lo duro que es esto, no vendría".

Algunos llevan más de un año viviendo en la calle. Uno de los que le acompaña explica que lleva en Europa desde los nueve años: "Estuve tutelado por la Diputación, cumplí los 18 años, tenía el permiso en regla y todo, pero no encontré trabajo y me caducó".

Fuente:ElPais _____________________________________________________________________________ Col•lectiu DRARI دراري d'Investigació Acció Participativa pels Drets de l'Infant الجماعى

jueves, abril 23

La escuela rota. Racismo y exclusión social en las aulas

imagen

Un chico marroquí acusado de traficar con droga, otro gambiano que no puede aguantar más el ataque de sus compañeros, ambos expulsados del instituto… constituyen la perfecta excusa para que el Toni de la Rosa haga en La escuela rota. Racismo y exclusión social en las aulas (Ediciones Carena, 2008) una auténtica inmersión al tuétano de los centros escolares catalanes y lo que encuentra es algo muy simple y escandaloso: la imagen de la escuela va por un lado y la realidad por otro. La legalidad dice una cosa y la práctica otra: clases para listos y clases para tontos, en las que, naturalmente se agolpan los extranjeros aunque dominen tres o cuatro lenguas. Humillaciones consentidas, arbitrariedades, informes desaparecidos, agresiones impunes, jóvenes educados en el recelo racial. Niños que se ven rechazados por el color de su piel o por la creencias religiosas de sus mayores, chicos que nacieron aquí a quienes se les considera eternamente extranjeros… Con su sensibilidad fuera de lo común, el autor nos demuestra que tales recelos son superables, que el mundo y el destino de los otros es el nuestro, que todos hemos sido o podemos ser emigrantes, que el conocimiento mutuo es el mejor camino para lograr una sociedad rica, variada y armoniosa y que es necesario romper el velo de a incomprensión.
MAYORÍA DE EDAD

El 20 de noviembre de 2007 cumplió dieciocho años la Convención de los Derechos del Niño. Seguramente algunas personas deberían preguntarse si ese texto tiene algún valor o si, simplemente, sirve, como tantos otros, para quedar muy bien de cara a la galería y para decir que nuestro país, efectivamente, está entre los más avanzados del mundo en lo que se refiere al respeto por los derechos fundamentales. Un texto que tal vez nadie se ha leído con detenimiento desde que el rey lo sancionó con su firma.

Ese mismo día en el que algunos españoles se aprestan a sacar sus viejas camisas azules, que bordaron en rojo hace muchos años, y en el que otros organizan contramanifestaciones, un alumno español, Hassan, que cursaba primero de Educación Secundaria Obligatoria en un instituto de Badalona fue registrado e interrogado por agentes de la policía, a instancias de la dirección del centro, sin que sus padres hubiesen sido avisados. A continuación se decretó su expulsión cautelar y se le abrió un expediente por posesión y tráfico de drogas. Hassan contó que durante el interrogatorio le faltaron al respeto y que Carmen, la directora, instaba a los agentes a ser más duros con él y a que no lo tratasen como lo que era: un niño de trece años.

En ese mes de noviembre, de nuevo, un par de chicos eran interrogados por agentes de la policía en el interior del centro, sin que profesores o padres fuesen avisados. Algunos de los padres se enterarían meses después, otros todavía lo ignoran. Cuando los hechos fueron conocidos, la dirección del centro culpó a los conserjes.

El 11 de diciembre Hassan quedó expulsado definitivamente del instituto por una resolución de la directora en la que se afirmaba que el chico era responsable de posesión y tráfico de droga. Así lo comunicó en la siguiente reunión del Consejo Escolar.

En enero, diversos alumnos informaron sobre el caso de Hassan, una vez que se fue conociendo el motivo de su expulsión. Fruto de estas confesiones de sus compañeros de aventura (Tom y Huck), el cuatro de febrero fue presentado un informe por vía pública, que claramente exculpaba a Hassan de ambos delitos y que sugería la necesidad de revisar el caso.

Por otro lado, el 26 de noviembre de ese mismo dos mil siete, los alumnos de dos grupos y algunos profesores quedaron atónitos ante la pelea que estalló en el patio, durante la cual Keita, un alumno negro de origen gambiano, reaccionó con violencia ante los insultos racistas y burlas de un grupo de provocadores. En algún momento fue derribado y golpeado por varios muchachos, mientras una alumna y un profesor intentaban separarlos. Seguidamente la pelea se reprodujo en la sala de profesores, donde Keita derribó y golpeó duramente a uno de los que le habían agredido minutos antes.

Ese mismo día el padre de Keita, en el despacho de la directora supo que su hijo estaba expulsado del centro y tuvo que oír una frase que le produjo un dolor terrible: es que esto no es la selva. Como consecuencia de ello le sobrevino una depresión que le afectó durante cinco meses. Fue esa frase y conocer los detalles de la pelea lo que le hicieron considerar que en el asunto de su hijo había habido discriminación racial.

Unos días más tarde, a instancias de su tutor, Keita presentó una carta en la que explicaba cómo se habían estado metiendo con él y cómo otros compañeros de su grupo también habían sufrido insultos racistas.

En esos mismos días el tutor, Joan, informaba tener la convicción de que Keita había sido víctima de una agresión racista e instaba a la dirección a proteger los derechos de ese menor y a poner los hechos en conocimiento de las autoridades judiciales, ya que las agresiones de tipo racista figuran en el Código Penal. Igualmente informaba que las molestias de corte racista a las que fue sometido Keita reunían cuatro agravantes en el Decreto de Derechos y Deberes: la agresión fue por parte de un colectivo, tuvo motivación racista, fue pública y, además, había indicios de reiteración en ese tipo de actitudes en el pasado, contra el mismo alumno y contra otros de su grupo.

La dirección no actuó en ningún momento como establece la normativa cuando se detecta un presunto delito en el centro educativo. Tampoco acudió, a proteger, defender o consolar a los otros alumnos del grupo de Keita que habían recibido insultos similares.

Finalmente, después de un fuerte debate que dividió el centro en dos, la dirección reconsideró la expulsión definitiva de Keita y la redujo a una de tres meses, durante los cuales debería ser escolarizado en otro centro educativo. El entorno del alumno se negó a aceptar dicha sanción prefiriendo que hiciese la tarea en casa. Meses más tarde interpusieron una queja ante el Síndic de Greuges, por la naturaleza antipedagógica de ese tipo de sanción, recogida en la normativa vigente.

La petición del padre de Keita ante el Consejo Escolar y una fuerte presión desde arriba, en enero, hicieron que el Consejo Escolar revisase la resolución, disponiendo que el niño dedicara dos horas semanales a trabajos para la comunidad, aconsejando de paso a la familia que revisase la salud psicológica de su hijo, dada "la reacción desmesurada de Keita".

Una mediadora cultural, Laila, trabajaba el sentimiento de discriminación que padecían las familias de Keita y de Hassan quienes, casualmente, eran vecinas y musulmanas muy practicantes, hecho que provocó en la comunidad magrebí de los barrios de La Salut Baixa y del Congrés un fuerte dolor. A instancias de Laila, la familia de Hassan presentó un recurso en enero suplicando que se escolarizase a su hijo, que llevaba sin ir a clase desde el 20 de noviembre y que se revisase su expediente.

El recurso fue denegado en la primavera, con fecha posterior al informe interno exculpatorio de 4 de febrero, sin poder determinarse si quien firmó esa resolución, lo hizo sabiendo que había un informe contradictorio y resolvió injustamente, o si ese informe le fue ocultado expresamente al director de los Servicios Territoriales en alguna instancia administrativa intermedia.

Ante la negativa a dar explicaciones a la familia de Hassan, el tema fue llevado por la familia, a través de Laila, a SOS Racisme, que presentó una queja ante el Síndic de Greuges. En junio de ese mismo año, esta institución informó de las irregularidades que había detectado en ese caso: violación de los derechos del menor, asunción por parte del centro de competencias que no le eran propias, violación del derecho a la intimidad y falta de pruebas sobre los propios hechos en el mismo expediente. En dicho informe, el Síndic recomendaba la revisión del caso y la anulación de cualquier alusión a los delitos atribuidos en la resolución, hasta que no quedasen probados en sede judicial. Igualmente recomendaba que se orientase al centro sobre cómo se deben tramitar los expedientes, garantizando a la vez los derechos de los alumnos.

En el caso de Keita, su padre quería saber las razones que llevaron a la directora a despachar de malos modos a su hija cuando ésta pidió una entrevista. La administración educativa tardó tres meses en aceptar una reunión con la familia, que admitió las explicaciones de la Inspección, por el mal tono del trato recibido.

El grupo de Keita pasó una mala temporada debido a la pelea, las provocaciones anteriores y el desamparo en el que la directora, los había dejado. Durante unos meses estuvieron absolutamente solos, muy unidos a sus tutores, Joan y Azucena, pero reacios a cualquier cosa que representase la dirección del centro. En el grupo se encontraban Anuar, un chaval de Casablanca, y Bolívar y Brit, sudamericanos que habían padecido insultos racistas; Bolívar, además sufrió un interrogatorio policial; Charlie, un chico profundamente afectado, que lloraba aún de emoción meses después de los hechos. También formaba parte del grupo Adriana, una chica caribeña que, como las restantes, vivieron los hechos de forma menos sentida, pero más visceral que los chavales frente a las posiciones de la dirección del centro.

En mayo, Joan, el tutor del grupo, motivado por frases escuchadas en boca de la inspección como tampoco nos hemos equivocado tanto y sobre todo por la negativa de la directora a reconocer que había habido una agresión racista en el centro, decidió poner por escrito dos quejas ante los Servicios Territoriales, discriminando el asunto de Keita y el interrogatorio ilegal que sufrió Bolívar. En la respuesta, que no llegó hasta mediados de septiembre, el director venía a sostener que los expedientes de Keita y Hassan habían sido bien realizados, contradiciendo el informe del Síndic del mes de junio, en el segundo caso.

Días antes Joan había presentado ante el Síndic dos quejas: una de ellas aludía a la mala gestión y falta de respuesta adecuada de la dirección ante las agresiones de tipo xenófobo, que acabaron en la pelea del 26 de noviembre. La otra reclamaba por el interrogatorio policial padecido por Bolívar en dependencias del centro, sin la presencia de ningún profesor y sin comunicarlo a la familia del menor.

El entonces director de los Servicios Territoriales fue ascendido durante ese verano y Carmen, la directora, presentó la renuncia y hoy en día ocupa un cargo técnico en los servicios centrales del Departament d'Educació.
 

Nota de la Redacción: este texto pertenece a la novela de Toni de la Rosa, La escuela rota (Ediciones Carena, 2008). Queremos hacer constar nuestro agradecimiento al director de Ediciones Carena, José Membrive, por su gentileza al facilitar la publicación en Ojos de Papel.

http://www.ojosdepapel.com/Index.aspx?article=3038

Un millar de personas despiden a la niña que murió tras huir de un centro de menores de Azuqueca de Henares


Ciudad Real. (EFE).- Cerca de mil personas han asistido esta tarde al funeral de S.G., la niña de 14 años que murió el domingo después de arrojarse de la furgoneta que la conducía al centro de menores Casa Joven de Azuqueca de Henares (Guadalajara) - de la Fundación O`Belen-y que ha sido enterrada hoy en Ciudad Real.
La niña ha recibido sepultura en el cementerio municipal de Ciudad Real después de que se oficiara una misa por su muerte en la iglesia Nuestra Señora del Pilar, el mismo templo que en el que fue bautizada, como recordó en un momento de la homilía el párroco Fernando Cano Lizcano.


Cerca de un millar de personas se congregaron en la iglesia para despedir a la joven, que fue esperada a sus puertas por numerosos familiares y vecinos, entre los que se encontraban muchos jóvenes y un grupo de compañeros que se habían desplazado desde Guadalajara.

La llegada del féretro con los restos mortales de S.G. fue uno de los momentos más emotivos que se vivieron durante la tarde, cuando el silencio respetuoso se hizo presente y fue roto únicamente por el tañido de la campaña y los sollozos de los amigos de la joven.

El féretro, que previamente había sido trasladado desde el Instituto Anatómico Forense de Madrid hasta el Tanatorio de Ciudad Real, llegó acompañado de numerosas coronas en las que se podían leer mensajes de sus padre, madre y hermano, así como de sus tíos y los maestros de los jóvenes, entre otras muchas.

Tras el ataúd fueron llegando sus familiares más cercanos, su abuela y su hermano y, posteriormente, su padre y su madre, que actualmente se encuentran en prisión y lo hicieron acompañados de agentes de la Policía Nacional, igual que uno de los tíos de la niña.

La madre, que inicialmente entró a la iglesia con entereza, no pudo evitar acabar derrumbándose durante la ceremonia religiosa, donde permaneció todo el tiempo acompañada de su hijo. Ambos escucharon la homilía abrazados y consolándose, mientras el párroco dedicaba palabras de consuelo a los familiares por tan dolorosa pérdida.

El sacerdote quiso agradecer a las autoridades administrativas y a las Fuerzas de Seguridad del Estado que hicieran posible que los padres de la chica pudieran asistir al entierro.

Fernando Cano señaló que la oración de la tarde era como "un gran abrazo" para S.G. y pidió la intercesión de la Virgen del Pilar y la Virgen de la Consolación, para consolar a los padres de la niña. "Mamá, mi hija no. No puede ser", gritó en varias ocasiones la madre de S.G. mientras miraba a la abuela de su hija.

La homilía acabó con la lectura por parte de una profesora del colegio Juan Alcaide, en el que estudió la joven, de un texto que expresaba el aprecio que tuvo de sus profesores y el dolor por su pérdida.

"Siento mucho que te hayas marchado tan deprisa y te hayas llevado tu alegría y tu sonrisa. Desde aquí me atrevo a decirte, en nombre de toda la comunidad escolar del 'colè de Primaria, que siempre recordaremos de ti lo mejor", leyó la profesora.

Más info en http://www.centrosdemenores.com/

miércoles, abril 22

Concentración en Madrid por la muerte de Saray


Hemos encontrado esta convocatoria en varias páginas de internet.
Además, el Grupo de Apoyo a Menores encerrados de Granada llama al envío masivo de faxes de protesta, puedes ver la convocatoria aquí.

CONCENTRACIÓN MIÉRCOLES 22 A LAS 12H ANTE LA SEDE DEL INSTITUTO DEL MENOR. C/GRAN VÍA Nº14

S.G, una niña de 14 años tutelada por la Comunidad de Castilla la Mancha que se encontraba recluida en un centro de protección de la fundación O´Belén murió el pasado domingo tras tirarse de la furgoneta que la llevaba de vuelta al centro "Casa Joven" en Azuqueca de Henares.

No es la única muerte que arrastra consigo esta fundación. El 2 de diciembre de 2008 un niño moría también en las dependencias del centro "Picón"-Paracuellos del Jarama- cuando se encontraba en aislamiento. Poco después, otro chaval lo intentaba.

S.G moría a última hora de la tarde en el hospital del Niño Jesús de Madrid.
El informe de 500 páginas que lanzaba el Defensor del pueblo remitido en el Congreso de los diputados en febrero de este mismo año denunciaba precisamente las múltiples deficiencias de estos centros. La Fundación O´Belén que lleva tras de sí el cierre de algunos centros –"La Jarosa Tetuán"- fue una de tantas señaladas. En concreto, sobre el centro al que se dirigía S.G, en Azuqueca de Henares, apuntaba que "se abusa cotidianamente de la contención física poniendo en riesgo al menor". Se destapaba así la continua vulneración de los derechos de los menores.

Como podemos ver, el caso de S.G no es un caso aislado sino algo que se repite constantemente en estos lugares donde se priva de libertad a chavales que normalmente cumplen un mismo patrón de pobreza, desestructuración familiar, falta de oportunidades y desamparo. No olvidemos que estas fundaciones reciben subvenciones de las comunidades autónomas que a veces superan los 250 € diarios por menor así como la financiación por parte de las empresas beneficiarias y patrocinadoras.

Además en estos centros han sido constatadas prácticas como el aislamiento continuado – algo que precisamente está prohibido por las Naciones Unidas desde 1990-, las agresiones físicas y psicológicas denunciadas por los chavales, la continua violación del derecho a la intimidad, la privación de libertad sin orden judicial, así como la medicación forzosa y en múltiples ocasiones sin supervisión facultativa.

Nos concentramos ante el IMMF (Instituto Madrileño del Menor y la Familia) debido a que mantiene en la Comunidad de Madrid un centro de esta fundación abierto, "Picón del Jarama", en el que pesan varias denuncias y del cual dicen tener abierta una investigación sobre la que no hay resultados.

La finalidad de la concentración es la denuncia pública de un maltrato que pasa inadvertido ante la sociedad. Esto no es una reunión de políticos. No vengas a hacer proselitismo ni a hacer tuyo el asunto. Ha muerto una niña.

Reaccionemos.

¿Cuantos niños más tienen que morir bajo la "protección" de esta fundación para que se reaccione?

CERREMOS LOS CENTROS DE MENORES
NO ES NEGLIGENCIA, ES ASESINATO
Asamblea contra los Centros Cerrados de Menores

Asturies a la cabeza en expedientes de protección a menores. Bienestar Social renuncia a elaborar un plan integral de atención a la infancia

Bienestar Social renuncia a elaborar un plan integral de atención a la infancia

Oviedo, Elena FDEZ.-PELLO
La directora del Instituto Asturiano de Atención a la Infancia y la Familia, Gloria Fernández, sostiene que Asturias «tiene un altísimo grado de protección y es una de las comunidades que abren más expedientes de protección a menores». El año pasado, según sus datos, se incoaron en total 687.

«La detección del maltrato es cada vez mejor», aseguró la responsable de Infancia en su comparecencia en la Comisión de Bienestar Social de la Junta General del Principado a petición del PP. Fernández confía en que la situación mejore con la difusión de las guías para su prevención y detección entre pediatras y educadores.

Gloria Fernández informó durante su intervención de las actuaciones de la Consejería de Bienestar Social en materia de infancia desde la llegada de IU, a finales del año pasado. Asimismo, anunció que a finales de año se habrán concretado «las líneas estratégicas de actuación» en materia de menores. La Consejería, explicó, ha renunciado a redactar un plan integral de atención a la infancia, dado que sólo faltan dos años para finalizar la legislatura y a que los principios que guían el plan anterior aún son válidos.

La diputada del PP Inmaculada González defendió la necesidad de un nuevo plan de infancia y apeló al acuerdo de Gobierno entre PSOE e IU que recoge ese compromiso. «¿No será que no hay dinero para dotar presupuestariamente el plan?», planteó González, quien cuestionó la capacidad de la Administración regional para reformar la red de centros de menores con un presupuesto para inversiones de poco más de 600.000 euros.

El tono distendido que se mantuvo durante toda la comparecencia se quebró al final, cuando la parlamentaria del PP responsabilizó a Gloria Fernández de no prestar apoyo a los trabajadores de la unidad de primera acogida del Centro Materno Infantil de Oviedo cuando se produjo la avalancha de menores inmigrantes no acompañados. Asimismo, la acusó de sancionar a los empleados que hicieron públicas sus críticas a la gestión de la Consejería y de «improvisar», citando el informe de la Procurado General del Principado.

«Nunca se sancionó a ningún trabajador de la UPA (unidad de primera acogida) del Materno y tuvieron todo nuestro apoyo. ¡Claro que tuvieron que hacer un esfuerzo! Porque en un centro con 16 plazas llegó a tener 25 menores», estalló la directora del Instituto de Infancia. Y continuó: «Tuvimos que improvisar porque estaba sucediendo por primera vez e hicimos todo lo que estuvo en nuestras manos: incrementamos la seguridad, pusimos mediadores culturales.... De otras comunidades, en las que usted sabrá quién gobierna, los menores salen despavoridos, así que si se quedan en Asturias será porque no improvisamos tanto».

Fernández anunció, entre otras actuaciones, «la creación de un foro sobre menores extranjeros no acompañados, para compartir experiencias y aprender de otras comunidades».
http://www.lne.es/secciones/noticia.jsp?pRef=2009042100_46_748098__Sociedad-y-Cultura-Asturias-esta-cabeza-nacional-expedientes-proteccion-menores
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martes, abril 21

DGAIA, Tutora legal i mare abandònica. Menors No Acompanyats a Catalunya

REVISTA MASALA 46 ABRIL 2009

Menors No Acompanyats a Catalunya. La DGAIA, Tutora legal i mare abandònica

Les Nacions Unides adopten el 1989 la Convenció dels Drets de l'Infant i l'Estat espanyol la ratifica el 1990. El 1996 s'aprova la Llei Orgànica 1/96 de Protecció Jurídica del Menor, que garanteix a tot l'Estat la protecció dels menors d'edat. La legislació d'Estrangeria, malgrat que ens pesi, també es fonamental en el cas d'aquests menors. A Catalunya, la protecció de la infància i l'adolescència mai ha estat un tema d'interès ni prioritat nacional i la base legal catalana és un refregit de més de vint accions legislatives entre lleis, decrets i altres, que en fan una legislació d'infància complicada, enrevessada i incompleta. Des de fa tres anys s'està discutint al Parlament la nova Llei de la Infància, però temem que serà també una llei molt inconcreta que no resoldrà l'actual ambigüitat legislativa. De tota manera, la LO 1/96 és de rang superior i molt clara en aspectes fonamentals.
Els Menors No Acompanyats (MNA) que són les persones menors de divuit anys i nacionals de tercers països que es troben en el país receptor sense la protecció d'un familiar o persona adulta responsable que habitualment se'n faci càrrec de la seva Tutela. La manca d'aquesta persona adulta responsable comporta el Desemparament del menor, fet fonamental per a la intervenció de la protecció pública. La Generalitat té competència exclusiva respecte la protecció de menors i de la gestió de les institucions públiques destinades a la seva Tutela. La Direcció General d'Atenció a la Infància i l'Adolescència (DGAIA), depenent del Departament d'Acció Social de la Generalitat, és per tant la Tutora legal dels infants desemparats a Catalunya.

Si la situació és de desatenció i indefensió per als menors catalans, quina deu ser la realitat per als menors estrangers. La llavors consellera de justícia Núria de Gispert (UDC) declarava el 2001 que els menors immigrants "no són nostres ni són responsabilitat nostra". El 2001 també els grups parlamentaris en ple, en la veu de la diputada Marina Geli (actual consellera de Salut) ens deia que a Catalunya Govern i oposició mai es barallarien per temes d'infància ni pels menors immigrants.

La DGAIA sempre ha trobat excuses i raons per a no declarar el Desemparament (un fet objectiu segons la Llei) i no assumir la Tutela. La DGAIA de CiU es va inventar la "tutela en suspens", terme i concepte inexistent en la legislació. La DGAIA del Tripartit afirma que aquests menors no estan desemparats, confonent el fet que tinguin uns pares curosos al seu país d'origen amb el fet objectiu que a Catalunya estan sols, desemparats. D'aquesta manera, si la DGAIA no declara el Desemparament no té perquè assumir la Tutela, quan en realitat l'assumeix ja que acull aquests menors desemparats als seus centres. Aquestes irregularitats deixen l'infant en una situació de llimb legal i d'inexistència identitària, a més de suposar un continu maltractament institucional (tipificat com a delicte) en la vida diària del menor. El gran fracàs del sistema de protecció, tant amb infants catalans com amb estrangers, el trobem als 18 anys quan un alt percentatge d'adolescents arriben a la majoria d'edat amb un alt grau de vulnerabilitat.
Els menors no acompanyats no han estat mai una sorpresa. El primer infant que la DGAIA registra com a MNA és el 1994. L'arribada de MNA evidencia les mancances en matèria de protecció de menors i de recursos destinats a la infància desemparada. El 1998 un reportatge en premsa desvetlla a la societat l'existència d'uns 200 infants marroquins vivint als carrers de Barcelona. La DGAIA no va actuar i l'ajuntament va enviar-hi una brigada de neteja que va retirar els matalassos, la roba i les propietats dels nens, continuant aquests en situació de carrer. A partir d'aquí es comença a parlar del tema i el març del 1999 totes les administracions signen l'Acord Interinstitucional que estableix les bases que han marcat la gestió política i l'actuació de la DGAIA amb els MNA. Aquest acord instaura la discriminació, l'estigmatització i les argúcies legals, doncs consisteix en la creació de sistemes i recursos separats per als menors estrangers i la resta, a la vegada que es fomenten tòpics i estereotips que es resumeixen en les paraules del subdelegat del Govern estatal, Eduard Planells, que l'abril de 2007 deia que tots els MNA marroquins eren predelinqüents. Fruit d'aquesta estratègia de suposada especialització, en veritat discriminació, són els centres de dia, els albergs nocturns, les pensions i habitacions llogades a tercers, que no asseguren la Guarda, la seguretat ni l'acció educativa dels nens. Aquest tipus de recursos no existien abans i es van crear només per a menors estrangers. La massificació i els macrocentres, no desconeguda a Catalunya, sublima als centres per a menors estrangers.
Un principi en la protecció de menors, és que ha d'evitar-se la separació de l'infant de la seva família, en la mesura que sigui possible, i que s'ha d'intentar que l'infant hi torni, també dins del possible. En el cas dels menors no acompanyats, estrangers, aquest principi comportar que s'hagi de tenir en compta la repatriació del menor, sigui a la seva família (reagrupació familiar en origen) o al sistema de protecció del seu país. En aquest punt hem de tenir en compte que els països d'origen d'aquests menors no compten ni amb la legislació adequada ni amb sistemes de protecció de la infància. La Generalitat va repatriar el 2005 quinze infants i disset el 2006, el 2007 van ser dues repatriacions i altres tres van ser interrompudes per les denúncies del Col·lectiu DRARI. El 2008 no ha tingut lloc cap repatriació. En el conjunt de l'Estat, fins el 2007, hi ha hagut més d'un centenar de repatriacions per any, la major part a la comunitat de Madrid.

Els mateixos menors veuen manca de criteri i les incoherències en la manera de plantejar i portar a terme la repatriació. A l'Estat espanyol la repatriació es considera una mesura de protecció de l'infant, però en canvi, al Marroc emigrar il·legalment és un delicte penal a partir dels deu anys d'edat, que pot comportar penes de cinc anys de presó i fins a 3.000 euros de multa en els adults. A Catalunya tenen lloc dos tipus de repatriacions: la forçosa, sense consentiment ni coneixement del menor ni de la família i amb mesures policials, i la voluntària a través d'un programa engegat per la Generalitat el 2005 amb el nom Catalunya-Magrib. Recentment, la consellera d'Acció Social, Carme Capdevila (ERC), ha reconegut el fracàs d'aquest programa ja que, en quatre anys i amb dos milions d'euros de pressupost, diu que només set menors han retornat voluntàriament. Segons les nostres informacions, són quatre els menors repatriats i altres cinc més que mai han emigrat, els que s'han acollit al programa residencial. Aquest programa s'ha ideat, gestat i es desenvolupa amb un total desconeixement del Marroc i de la realitat social dels MNA, sense la participació dels professionals del sistema de protecció català, i amb una volguda i prepotent descoordinació amb entitats i institucions catalanes, espanyoles i marroquines. Aquest programa fa una barreja no resolta entre protecció de la infància i cooperació al desenvolupament, amb dos milions d'euros finançats la major part per la UE, sense control tècnic i econòmic independent.
La repatriació no es transmet a l'infant com a un dret i un benefici, sinó que és usada per la DGAIA com una perversa estratègia sistemàtica, en forma d'amenaça quotidiana, durant mesos, per tal de foragitar els menors del sistema de protecció i de Catalunya, de manera que molts menors passen temporades en situació de carrer i en altres comunitats. La decisió de repatriar el menor és presa de forma discrecional i sense el preceptiu informe social adequat i trepitjant drets com la tutela judicial efectiva, informació i comunicació adequada, el dret a ser escoltat o la inviolabilitat del domicili. L'infant és lliurat a la policia marroquina, detingut uns dies en calabós entre adults, condemnat per emigració clandestina i queda en absoluta desprotecció al seu país, sovint amb el rebuig del seu entorn, sovint en situació de carrer, i gairebé sempre torna a intentar la migració clandestina des del port de Tànger, principalment. El novembre de 2007, arran de les denúncies que fem al Síndic de Greuges i al Defensor del Poble, aquest últim diu que les 74 repatriacions en marxa a Barcelona a data de juliol 2007 són inadequades i que s'han d'anul·lar i reconsiderar. Potser la crítica amb més pes de les rebudes fins ara és la que ha realitzat UNICEF (l'organisme de l'ONU encarregat de la protecció de la infància) que desaconsella rotundament la construcció de centres d'acollida al Marroc per a menors retornats per Espanya perquè "existeix un gran risc d'aplicar intensament les mesures de reagrupament o repatriació de la majoria dels menors no acompanyats sense garantir la salvaguarda del seu interès superior". Afirma que "el millor per a l'adolescent és que es reintegri a la seva família al Marroc i si no, ha de ser integrat allí on ha decidit emigrar per solucionar un problema de pobresa". Assenyala a més la "prioritat de les prioritats: acabar amb els maltractaments als menors retornats en les comissaries" del Marroc.

Durant el 2008 hem atès 25 menors no acompanyats en la seva repatriació, els hem acompanyat en els tràmits per a recórrer la resolució de repatriació i l'obtenció d'assistència jurídica, fet que mai s'havia donat a Catalunya. La DGAIA ha reaccionat a aquesta situació amb canvi de normatives als centres perquè els nois no tinguessin horaris adequats per a que poguessin realitzar els tràmits, amb la sol·licitud d'un segon advocat d'ofici i finalment, quan arribava la data dels judicis, canviant la proposta i renunciant a la repatriació, de manera que acaben per no celebrar-se els judicis i sense que la Tutela judicial es pugui pronunciar sobre si el procés s'ha realitzat d'acord a Dret i a l'Interès Superior de l'Infant.

Ens queda molt per a ser un país plenament democràtic i modern que es prengui l'Infant com a prioritat nacional.

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Estudio Seguridad Jurídica Menores destapa muchos espacios de inseguridad jurídica

http://www.europapress.es/epsocial/noticia-estudio-destapa-sistema-proteccion-menores-espana-tiene-muchos-espacios-inseguridad-juridica-20090420193218.html

Un estudio destapa que el sistema de protección de menores en España tiene "muchos espacios de inseguridad jurídica"

   MADRID, 20 Abr. (EUROPA PRESS) -

   Un estudio de la Cátedra Santander de la Universidad Pontificia de Comillas destapa que el sistema de protección de menores en España tiene "muchos espacios de inseguridad jurídica" y señala que necesita ser sometido a "revisión y evaluación".

  Esta es la principal conclusión de la investigación de la doctora en Derecho Julieta Moreno-Torres y que expone en el libro 'La seguridad jurídica en el sistema de protección de menores español', que aparece tras más de diez años de la puesta en marcha del sistema de protección que define la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor.

   "Es una obra seria y valiente que somete a examen el sistema de protección de menores, detecta en él muchos espacios de inseguridad jurídica e invita a que se aborde una reforma que garantice eficazmente el interés superior del niño", afirma en el prólogo del libro Isabel Lázaro, profesora de Comillas-ICAI-ICADE.

   A través del análisis jurisprudencial de más de 200 resoluciones jurisdiccionales, y del estudio estadístico de más de 300 casos de menores del sistema de protección, desde la perspectiva autonómica y estatal, el libro, coeditado por Aranzadi y Comillas, aborda, entre otras cuestiones, aspectos como la excesiva longitud del proceso de adopción en España, si la legislación considera adecuadamente los aspectos psicológicos y sociales para proteger al menor o si el sistema de protección de menores ofrece seguridad jurídica a padres, acogedores y adoptantes y a los propios menores.

   Además, estudia si la legislación es lo suficientemente clara para su aplicación uniforme por jueces, fiscales y servicios de protección de menores, y si juzgados y Administración están adecuadamente coordinados para proteger a los menores en situación de maltrato.

   La obra está dirigida a los profesionales que trabajan en casos relacionados con el sistema de protección: juristas, psicólogos, trabajadores sociales, etc., y que se enfrentan a la resolución de cuestiones de interpretación sobre guarda, desamparo, tutela, acogimiento y adopción.
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Muere una niña al saltar del coche del centro de menores Casa Joven de Azuqueca de Henares

http://www.elpais.com/articulo/madrid/nina/muere/tirarse/vehiculo/llevaba/centro/menores/elpepiespmad/20090420elpmad_5/Tes

La adolescente iba a Casa Joven, que fue criticada por el Defensor del Pueblo

R. CARRANCO - Madrid - 20/04/2009

Una niña de 14 años, que responde a las iniciales de S. G., murió ayer a última hora de la tarde en el hospital del Niño Jesús de Madrid. La menor sufrió heridas de gravedad al tirarse el domingo pasado de la furgoneta que la conducía al centro de menores Casa Joven, de Azuqueca de Henares (Guadalajara), según confirmó una portavoz de la Jefatura Superior de Policía. La niña regresaba de las vacaciones de Semana Santa que había pasado en Madrid con un familiar. Viajaba en la furgoneta de Casa Joven, que conducía un educador, según fuentes cercanas al centro. En el coche iban varios niños más. En un momento del viaje, S. G. saltó del vehículo en marcha y quedó gravemente herida.

La niña ha permanecido ingresada en la Unidad de Vigilancia Intensiva del hospital del Niño Jesús una semana, hasta que falleció ayer.

La menor fue ingresada en Casa Joven porque sus progenitores estaban en prisión, según esas mismas fuentes. El centro, gestionado por la fundación O'Belen, fue criticado por el Defensor del Pueblo en su informe de 500 páginas sobre los centros de menores en España que remitió el lunes 2 de febrero al Congreso de los Diputados. En la inspección de 27 de los 58 centros que hay en España, el defensor encuentra varias deficiencias. En concreto, sobre el de Azuqueca de Henares dice que "se abusa cotidianamente de la contención física poniendo en riesgo al menor". Y describe cómo una chica, también de 14 años, fue inmovilizada en el suelo más de una hora. Uno de los comportamientos que conlleva estos castigos es "no estar de acuerdo con el personal de la unidad", según ese mismo informe. También asegura que el centro estuvo dos semanas sin agua corriente.


lunes 20 de abril de 2009 MADRID Madrid@elpais.es Contestador automático: 913 218 575
Muere una niña al saltar de un coche que iba a un centro de menores
Una menor murió ayer a consecuencia de las heridas que sufrió el pasado domingo, cuando saltó de una furgoneta que la llevaba al centro de menores Casa Joven, en Azuqueca de Henares (Guadalajara).
La joven había estado pasando unos días de vacaciones en Madrid con un familiar con motivo de la Semana Santa.
Este centro fue criticado en un informe del Defensor del Pueblo, que aseguraba que allí se abusaba "cotidianamente de la contención física poniendo en riesgo al menor".
Una menor escribió una carta de despedida a los educadores de Casa Joven en la que aseguraba que no se podía confiar en ellos, y que resolvían los casos castigándoles en la habitación. "Nos amargan", aseguraba.
Página 3
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viernes, abril 17

¿Cómo recurrir ante la Administración? No te des por vencido, ten el tesón del clavo enmohecido, que aunque viejo vuelve a ser clavo

"No te des por vencido, ten el tesón del clavo enmohecido, que aunque viejo vuelve a ser clavo ".

Este artículo tiene como objetivo establecer las pautas básicas que debe seguir el extranjero ante una eventual resolución denegatoria de la Administración. En concreto cuál deberá ser su actuación ante una denegación de renovación de autorización de trabajo y residencia.
Debemos dejar claro que, con carácter general, hay que recurrir siempre cualquier denegación, con razón o sin ella, veremos porqué. En primer lugar porque el tiempo de resolución del recurso otorga un plazo para pensar detenidamente cuál va a ser nuestro proceder y en segundo lugar porque prorroga, en el supuesto de estar bien formulado el recurso, la autorización anterior, así pues garantiza que el sujeto que lo interpone no devenga irregular en territorio en español
El recurso que se interpone contra una resolución denegatoria de renovación de autorización de trabajo y residencia se denomina RECURSO DE ALZADA, se interpone en el plazo de un mes desde la notificación (por ejemplo, recibido día 28, puedo recurrir hasta el 27 del mes siguiente ). Pueden interponerlos ustedes mismos o con la ayuda de su abogado. La ayuda del abogado aunque en este caso no es imprescindible si es aconsejable por cuanto es el único profesional con perspectiva judicial de los recursos.
Contra las resoluciones de denegación de RESIDENCIA PERMANENTE, se interpone recurso de reposición ( lo explicaremos otro día ). Vamos ahora con el recurso de ALZADA.

1º.- Documentación básica que el extranjero puede aportar al recurso de Alzada y que aconsejamos siempre tenga disponible en su poder para facilitarla en su caso al Abogado correspondiente:
.- La resolución denegatoria y el sobre (nunca tiren los sobres) con el que la recibimos. El código de barras de Correos estampado en el sobre permite conocer con seguridad y facilidad la fecha de notificación de la misma para contar el plazo de interposición del recurso.
.- Pasaporte vigente. Es obligación de ustedes mantener sus pasaportes vigentes y en el caso de que hayan caducado renovarlos a través de su consulado.
.- Tarjeta caducada.
.- Certificado de empadronamiento y convivencia ( en el supuesto de tener vínculos familiares en territorio español ).
.- Arraigo Familiar: Circunstancias familiares, cónyuge, hijos, padres. Acreditar el vínculo con los correspondientes certificados de nacimiento, matrimonio etc, debidamente legalizados y su documentación en España en el supuesto de ser residentes legales.
Arraigo Económico: Contrato de trabajo, informe de vida laboral, nóminas. En el supuesto de ser autónomos certificado de estar al corriente de pagos en Hacienda y Seguridad Social.
.- Bajas médicas, ILT, justificantes de haber padecido enfermedad alguna, etc.
.- Cargas familiares: Hipoteca, préstamos personales, pago de pensión compensatoria ( a la esposa en el caso de separación o divorcio ) , pagos de alimentos a menores ( separación o divorcio ).
.- Situación penal: Testimonio de la Ejecutoria ( del Juzgado de lo Penal ), copia de la sentencia, certificado del Juzgado con la fecha de extinción de la condena.
En definitiva deben aportar toda la que consideren de interés con el objetivo de acreditar su situación personal en España, familiar, laboral e incluso judicial además de probar todos los perjuicios que les ocasiona la denegación y los que le puede ocasionar la confirmación de la misma en el futuro.
2º.- Contestar con claridad a los motivos por los cuales la Administración les ha denegado la renovación de la autorización. Sencillamente negarlos sería suficiente a estos efectos.
3º.- Solicitud de suspensión del acto administrativo recurrido.
Es suficiente la fórmula " Solicito la suspensión de la resolución recurrida ". Según las instrucciones de la Oficina de Extranjeros y el acuerdo llegado con el SOIB y el INEM, si consta solicitada la suspensión Ud podrá cobrar el subsidio de desempleo, anotarse por tanto en los servicios de empleo correspondiente, incluso solicitar una autorización de regreso.
4º.- El original del recurso interpuesto debe guardarlo para exhibirlo ante la Administración y llevar siempre, por lo menos, una copia del mismo junto con la autorización caducada, a los efectos de identificarse ante las autoridades correspondientes.
5º. ¿ Qué puedo hacer una vez interpuesto el recurso ?. Transcurridos tres meses desde su interposición puedo entenderlo denegado. Aconsejamos que a partir de este momento se solicite asesoramiento legal ( incluso antes si se considera conveniente ) correspondiente para valorar si no hacemos nada más y esperamos que la Administración resuelva ( más o menos en un plazo de nuevo o diez meses, tiene en todo caso el deber legal de resolver ) o si continuamos adelante hasta llegar a los Tribunales ( recurso contencioso administrativo). Necesitarán Uds un Abogado.
6º. Designación de Abogado. Deberán acudir a su abogado de confianza o pueden Uds recurrir al Servicio de Orientación Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Baleares, Travessa d´en Ballester número 20 ( Juzgados de Sa Gerrería – Junto Escuela Graduada ), y solicitar un Abogado de Oficio del Turno de Oficio de Extranjería quien juntamente con Uds decidirá qué hacer de aquí en adelante. Ningún supuesto es igual que otro, por eso vale la pena que sea el Abogado que junto con Uds valore su caso y la correspondiente estrategia administrativa o judicial a seguir.
Esperando estas líneas hayan sido de utilidad les deseo a todos unas felices Pascuas. Margarita Palos.
http://www.baleares-sinfronteras.com/modulo.php?Cod_categoria=7&Plant=consejos_legales
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Col•lectiu DRARI دراري d'Investigació Acció Participativa pels Drets de l'Infantالجماعى

Necesitamos urgente abogado en Toledo para menor no acompañado

Hola compañeras y compañeros. Disculpad las formas.
Necesitamos urgentemente poder contactar con algún abogado en la ciudad de Toledo, particular voluntarioso o de entidad social.
Se trata de un menor no acompañado que ha sido expulsado de un centro de menores con la amenaza de ser repatriado sin garantías.
Os agradeceremos cualquier indicación.
Vicenç Galea i Montero, educador social colegiado CEESC 8721, tf 639 741 564.
Escribidnos o llamarnos. Gracias.

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Col•lectiu DRARI دراري d'Investigació Acció Participativa pels Drets de l'Infant
الجماعى DRARI دراري للبحوث التشاركيه العمل من اجل حقوق الطفل
DRARI.Jurista@gmail.com

La Administración genera marginalidad entre los menores.

Pese a ser una obligación de la Administración, muchos menores inmigrantes no acompañados alcanzan la mayoría de edad sin tener sus papeles en regla. Esto, denuncian organizaciones sociales, les aboca a la exclusión.

Cumplir los 18 años es de todo menos emocionante cuando se es un menor extranjero no acompañado. “¿Cómo miraríamos a un padre y a una madre que el día que su hijo o hija cumple 18 años lo hecha a la calle?”, se pregunta Vicenç Galea, del colectivo catalán Drari, juristas por los derechos de la infancia.

La legislación española considera que los menores, extranjeros o autóctonos, que no tienen quién se haga cargo de ellos están en una situación de riesgo y vulnerabilidad por lo que la Administración debe hacerse cargo de ellos y tutelarlos. Actualmente, son las comunidades autónomas las que asumen estas responsabilidades. Pero al alcanzar la mayoría de edad, los menores extranjeros se encuentran en una situación de suma precariedad. Aunque existen programas de emancipación en diferentes comunidades, la falta de recursos hace que las plazas sean insuficientes y sólo unos pocos chicos puedan hacer uso de ellas. Pero en muchos casos, el problema reside en un generalizado caos administrativo que hace que no tengan la documentación en regla. En otros, es compleja la regularización de su situación una vez han salido del centro en el que estaban tutelados, y les resulta casi imposible conseguir un permiso de trabajo que les permita renovar, más tarde, la residencia. Y eso que proveerles de los papeles es una obligación de la Administración establecida legalmente.

Aunque, según la Ley de Extranjería, la Administración dispone de un máximo de nueve meses para proveer al menor de un permiso de residencia, la tónica general es la negligencia, actitud que varias organizaciones que trabajan con estos menores interpretan como mala fe.

Hay “muchos chicos indocumentados o a medio documentar: un problema casi imposible de solucionar, porque cuando ya tienen 18 años se convierten en un inmigrante más quedándoles solamente para regularizar su situación la vía del arraigo”, explica Galea. En Cataluña “las administraciones se toman el plazo máximo de nueve meses, como mínimo, y hasta que no pasa ese tiempo con el menor entre manos no empiezan a plantearse lo de la residencia. La solicitan más tarde y el chaval ha perdido un tiempo de antigüedad porque en su dosier se pone la fecha del día en que se la pidieron. Durante un tiempo no ha existido, ha estado en un limbo”, denuncia. Además, afirma Galea, aunque la falta de permiso de residencia no es impedimento legal para cursar estudios, en la práctica sucede así. Y tras semejante itinerario, “cuando se le concede la residencia, ya queda poco tiempo para que estudie y pueda llegar a los 18 años con un diploma”.

En otros casos, como en Melilla, se marea a los menores que cumplen la mayoría de edad pidiéndoles documentos que para ellos es prácticamente imposible conseguir: “Conociéndoles perfectamente y teniéndolos tutelados les han pedido que presenten un certificado marroquí de que están solteros o un certificado de antecedentes penales. Todo es una trampa”, señala José Palazón, de la asociación pro derechos de la infancia Prodein. Hasta noviembre del año pasado, la Administración melillense les retenía, además, la documentación, dejándoles, cuando no estaban en el centro de tutela, expuestos a ser detenidos y expulsados. Tras ser amonestada por el Defensor del Pueblo, la Consejería de Bienestar Social aceptó entregar su documentación a los chavales y solicitar el certificado de tutela con carácter inmediato. Pero aquellos que habían alcanzado la mayoría de edad con anterioridad no se vieron beneficiados y han quedado en situación irregular.

El menor M., que había estado ocho años en el centro de acogida del Fuerte de la Purísima, un antiguo cuartel militar en las afueras de la ciudad, vive ahora en una chabola junto al centro y ya ha sido detenido por la policía alguna vez. I. es de Fez y ha estado cuatro años en La Purísima. El 23 de enero fue una vez más a las oficinas de Extranjería a solicitar su documentación. Tiene un precontrato, es carpintero. Esta vez le han cogido la solicitud, cree que porque el personal que le atendió era nuevo. Ahora le toca esperar. “Cuando cumplí 18 años me echaron a la calle. Entonces el permiso de residencia todavía no estaba caducado, pero ahora no quieren renovármelo, no quieren darme lo mío, para que pueda irme de aquí y buscarme la vida como los demás, para sentirme como los demás. Me piden el pasaporte marroquí y no sé qué..., pero ¿cómo? Si yo llevo toda mi vida aquí. Si me dan la residencia puedo ir a Marruecos a pedirlo, pero si no tengo la residencia ¿podré volver a entrar? Es política: dicen que tienes que largarte de aquí”, cuenta por teléfono. Tan sólo cuatro días después, dos compañeros suyos se toparon con lo que a Palazón le parece que será la futura estrategia de la Administración de Melilla: les solicitaron el empadronamiento, que el centro no había tramitado. Cuando fueron ahí a pedirlo, como ya son mayores de 18 años, no se lo tramitaron. “Se consigue dar un paso adelante, y ellos encuentran otra forma de seguir haciendo lo mismo”, observa con cansancio José Palazón.

En Asturias, donde la llegada de chavales extranjeros es un fenómeno relativamente nuevo –apenas tres años–, también “se buscan fórmulas ‘elegantes’ para que el incumplimiento de la legislación no chirríe: retrasar la documentación, complicar los trámites burocráticos, etc.”, el Colectivo SocialyJusticia. Como la Ley de Extranjería prevé que, aunque hayan alcanzado la mayoría de edad, se les puede conceder un per- miso por una vía especial si la falta de permisos de residencia se debe al mal funcionamiento de una administración, los colectivos asturianos que se ocupan de estos menores están intentando trabajar esta vía.

Pese a que la Comunidad Autónoma Vasca tiene mejor reputación, Ana Stern, de SOS Racismo Guipúzcoa, insiste en que “resolver la cuestión de la documentación es básico. Para invertir bien en menores de edad, tenemos que invertir en mayores de edad: si no, nos encontramos con unas bolsas de pobreza y de exclusión que cada vez irán creciendo más. Se trata de una cuestión transautonómica, transnacional”.

En cuanto a Madrid, Juan Ignacio de la Mata, abogado de la Coordinadora de Barrios, constata que la documentación necesaria “primero no se tramita y lo que se tramita se hace en contra de la ley y del espíritu que debe regir las actuaciones en materia de protección, que es el interés superior del menor. Este interés superior integra el derecho a una correcta documentación”. A su juicio, con estas negligencias “se está abocando a los chavales tutelados a la marginalidad porque la no documentación genera desintegración social”. “En general, la administración pública usa todos los subterfugios que puede para eludir el compromiso”, subraya Galea. En ello coinciden desde Asturias: “Se copian para todo menos para lo bueno”.

Sobre Centros de Menores . Defensor Pueblo

RECOMENDACIONES

I. DE CARÁCTER GENERAL

1. Que se lleven a cabo las investigaciones que permitan conocer los datos básicos sobre la incidencia de este problema en nuestra sociedad(..).
2. Que se preste atención especial al desarrollo de protocolos que delimiten el ámbito de atención a menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social, y definan criterios de calidad, evaluación, seguimiento y buenas prácticas en esta intervención, en el marco del Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2006-2009.

4. Que, (::) se preste especial atención al cumplimiento de la normativa referida a la adecuación de las instalaciones, con carácter previo a la aprobación de cualquier proyecto que conlleve el acogimiento residencial de menores. De esta manera, se debe evitar la habilitación de nuevos recursos que no reúnan las condiciones(.).
5. Que se valore la conveniencia de establecer un marco jurídico general sobre los menores con trastornos de conducta y en situación de
dificultad social, determinando los supuestos, requisitos y condiciones en los que las entidades públicas de protección de menores pueden aplicar
programas específicos que contemplen la utilización de medidas de contención de carácter no sancionador.
6. Que el derecho a la asistencia jurídica gratuita sea reconocido en todo caso a los menores y a sus padres, u otros representantes legales, en el marco de los procedimientos de desamparo y los dirigidos a adoptar medidas de protección en el ejercicio de la tutela administrativa.

7. Que las administraciones públicas intensifiquen las medidas de prevención y de protección que permitan garantizar a los menores en situación de dificultad social el pleno desarrollo de su personalidad y evitar así que esas situaciones deriven en el desamparo del menor o incluso en conductas contempladas por la Ley Orgánica 5/2000,.

9. Que se intensifiquen las actuaciones dirigidas a establecer dispositivos y recursos intermedios y de rehabilitación de las situaciones de dificultad social desde los ámbitos educativo, sanitario y social que hagan innecesaria la institucionalización

10. Que, en los casos en que el interés del menor requiera su atención en régimen de acogimiento residencial, se diversifiquen los proyectos de atención(..)de forma que se elimine la práctica de
atender en un mismo programa a menores que requieren medidas de protección y a aquellos que cumplen una medida de justicia juvenil.
11. Que se revise el actual modelo de especialidades de psiquiatría y psicología clínica para incluir, como áreas de capacitación preferente, en la infancia y la adolescencia.
12. Que se conceda la prioridad que merecen a las conclusiones contenidas en el documento “La Estrategia en Salud Mental del Sistema Nacional de Salud” en relación con la atención infanto-juvenil, y que se pongan en práctica sus recomendaciones, en especial las siguientes:
o Realización de intervenciones preventivas en la primera infancia y la adolescencia.
o Materialización de las intervenciones comunitarias orientadas mejorar la dinámica social en áreas geográficas con riesgo social alto(..).
o Estudio y evaluación de intervenciones orientadas a informar y a educar sobre los riesgos que tiene para la salud las sustancias adictivas en adolescentes.
o Protocolización de procesos de atención relativos a trastorno mental(..) infanto-juvenil y trastorno generalizado del desarrollo.
o Implantación de un modelo de coordinación entre servicios sociales, educación y justicia, que garantice la continuidad de los cuidados (...)
13. Que se promueva el acceso de todos los menores a los recursos públicos destinados al diagnóstico y tratamiento de las situaciones de dificultad social derivadas de los trastornos de conducta, sin discriminación alguna, en función de su condición de menores tutelados o no tutelados por la administración pública.

II. ESPECÍFICAS
15. Que la resolución administrativa que pone fin al procedimiento, y mediante la que se acuerda el ingreso de un menor en un centro para menores con necesidades especiales, esté siempre debidamente motivada(..). Dicha resolución deberá ser notificada de modo personal tanto a los padres, cuando no exista resolución judicial que lo prohíba, como al propio menor, en la forma adecuada a su edad y circunstancias,de acuerdo con la Ley 30/1992.

16. Que se solicite la autorización judicial en los términos previstos en el artículo 763 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, siempre que el internamiento del menor se produzca por razón de
trastorno psíquico(...) y asimismo (..) autorización judicial para el ingreso en todos aquellos centros que apliquen medidas que conlleven alguna limitación de los derechos que los menores.
20. Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, se procure que el menor permanezca internado durante el menor tiempo posible, salvo que convenga a su interés. En consecuencia, no deberá supeditarse el alta a la carencia de recursos intermedios.

22.Se respete el derecho del menor a ser oído y se le escuche siempre antes de que se adopte una decisión que le afecte.
23. Que, en aquellos casos en que los menores, no estén de acuerdo con la medida de protección adoptada, (..) arbitrar los cauces para que puedan plantear una reclamación o recurso, con asistencia jurídica cualificada.
25. Que se establezca en todos los centros un sistema de quejas y reclamaciones, de las que deberá tener constancia, en todo caso, la entidad pública (..).
26. Que se permitan y faciliten, salvo resolución judicial en contrario, las relaciones con la familia del menor, debiendo quedar establecida en el proyecto individualizado la frecuencia de las mismas, .

28. Que, por la entidad pública(...)se garantice que todo menor en edad de escolarización obligatoria, sea matriculado en un centro docente y asista con regularidad y normalidad al mismo. En el supuesto de que no se considere adecuada la asistencia de algún menor al centro educativo, se le facilitará la atención educativa individualizada que requiera mediante el oportuno profesorado facilitado por la Administración educativa.

30. Que la prescripción y administración de fármacos a los menores(...)se lleve a cabo de conformidad y en los estrictos términos el artículo 9.3. de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre.

31. Que, en todo caso, se informe adecuadamente al menor del tratamiento médicopara que pueda dar su consentimiento informado al mismo.
(...), cuando el menor no sea capaz (..) de comprender el alcance de la intervención, se requiera el consentimiento de la entidad pública competente, como representante legal de aquél, después de haber escuchado al menor si tiene doce años.
En el supuesto de que hubiere cumplido los dieciséis años y no prestara su consentimiento para someterse al tratamiento prescrito, se requerirá la pertinente autorización judicial, conforme a lo previsto en el
artículo 9.3.c. de la Ley 41/2002.

33. Que, en todo caso, cuando se trate de una actuación de grave riesgo, según el criterio del facultativo, los padres sean informados y su opinión tenida en cuenta para la toma de la decisión correspondiente.

34. Que , procedan a su elaboración de una norma que regule el funcionamiento de los centros, detallando los contenidos mínimos que deben tener los reglamentos de régimen interno, el procedimiento de quejas y sugerencias, el régimen de infracciones y sanciones, y los protocolos que deben seguirse para aplicar medidas de contención en situaciones de crisis de los menores, entre otros aspectos.

35. Que las entidades públicas de protección de menores comprueben que todos los centros de atención a menores en situación de dificultad social disponen del preceptivo reglamento de régimen interno, debidamente aprobado y conforme a lo previsto en la normativa aplicable.

36. Que, a su llegada al centro, se facilite al menor información escrita, redactada en lenguaje claro, sencillo y adaptado a su nivel de comprensión, sobre sus derechos y obligaciones, cuestiones de rganización general, normas de convivencia y funcionamiento del centro y procedimientos para formular peticiones, quejas o recursos.(...).
37. Cuando excepcionalmente, se considere necesaria la práctica de cacheos y otras medidas de registro que incluyan el desnudo integral de los menores, se comunique a los juzgados de primera instancia, y se practiquen dichos registros conforme a los requisitos que exige la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

38. La corrección de conductas contrarias a la convivencia habrá de tener una finalidad educativa, como instrumento de aprendizaje para los menores, y deberá tender siempre a la búsqueda de un efecto
rehabilitador en cada menor.

39. Que el régimen de infracciones y sanciones esté tipificado en el reglamento, y no contemple directa o indirectamente castigos corporales, maltrato psíquico, privación de la alimentación o del descanso, privación del derecho a sus relaciones personales, privación del derecho a la educación obligatoria y de asistencia al centro escolar, ni atente contra la dignidad de la persona mediante acciones que conduzcan a su humillación o ridiculización, y, en ningún caso, establezca restricciones de igual o mayor entidad que las contempladas en la legislación reguladora de la responsabilidad penal de los menores.
Las sanciones deberán ser proporcionales a la infracción cometida, tener en cuenta las circunstancias en las que se ha producido y las características del menor, y su aplicación deberá ser en todo caso supervisada por la Dirección del centro, dando cuenta al servicio especializado de protección de menores. En la mayor medida posible, se alentará el uso de medidas alternativas a la separación del grupo.
40. Que,(...) la sanción de separación del grupo se imponga solamente en los casos en que se manifieste una evidente agresividad o violencia por parte del menor, o cuando éste, reiterada y gravemente, altere la normal convivencia en el centro.
El reglamento de régimen interior deberá recoger la duración de la sanción de separación del grupo, la cual se ajustará a la gravedad de la infracción cometida.
Mientras esté cumpliendo la sanción, el menor dispondrá, como mínimo, de dos horas al aire libre, y deberá asistir, en su caso, a la escuela, centro formativo o centro de trabajo, pudiendo recibir, demás,
las visitas contempladas en su proyecto educativo individual. Durante el horario general de actividades, se programarán ocupaciones alternativas para los menores separados del grupo.
Diariamente, visitará al menor el médico o el psicólogo, que informará a la Dirección del centro sobre el estado de salud física y mental del menor, así como sobre la conveniencia de suspender, modificar o dejar sin efecto la sanción impuesta.
41. Que, (..)se prohíba el uso de la fuerza en el control de los menores, salvo cuando se hayan agotado y hayan fracasado todos los demás medios, y que sólo se utilice de la forma expresamente autorizada y
descrita en el reglamento de régimen interno.
42. Que se aprueben protocolos de intervención en casos de crisis de los menores que supongan la adopción de medidas de contención física
o farmacológica o, en su caso, de aislamiento, en los que se determinen las personas encargadas de cada función, su forma de actuación, la autorización, y los informes que,deberán remitirse a la entidad pública de protección de menores.
43. Que se limite la estancia en aislamiento al tiempo mínimo e imprescindible, y se prohíba, en todo caso, su utilización como medida sancionadora.

46. Que los profesionales (..)refuerzo que les ayuden a afrontar las situaciones de tensión emocional derivadas del desarrollo de su labor.

48. Que se facilite formación específica para realizar posibles contenciones al personal (..)y, en todo caso, a los vigilantes de seguridad, para que realicen sus funciones con pleno respeto.

49. Que,(..)en todos aquellos centros en los que sea necesario acometer reformas para la adecuación de centros , se doten los recursos necesarios .

51. Que(..)la Administración asegure la protección , a través de la inspección y supervisión de todos los centros .
54. Que, siempre que la Administración haya delegado la gestión (..) en entidades privadas exija una total transparencia en la gestión de los gastos,

56. Que, por parte de los fiscales, se visiten periódicamente los centros (..) entrevistándose reservadamente con los menores que así lo soliciten, promoviendo la corrección de las deficiencias.
57. Que se dote a la Fiscalía de los medios para realizar el control del funcionamiento y organización de los centros y de los proyectos educativo.

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"

II Jornadas " Día Internacional de los Derechos de los Menores"
Noviembre-09 ASTURIAS

2 Diciembre

DECLARACIÓN DE LAS DEFENSORÍAS DEL PUEBLO SOBRE LAS RESPONSABILIDADES SOBRE LOS MNAs

Introducción

En los últimos meses estamos asistiendo de nuevo a la llegada de menores extranjeros no acompañados a la Comunidad de Canarias. Estos menores se unen a otros jóvenes procedentes del norte de África que también han llegado a nuestro país en los últimos años. Conjuntamente, plantean un reto de extraordinaria magnitud a nuestras instituciones y a nuestra sociedad desde el punto de vista de la capacidad de acogida, de protección, de formación y de inserción social de estos jóvenes.
Esta situación ha planteado un serio problema de capacidad de acogida inmediata a la Comunidad de Canarias, que ha visto desbordados sus recursos de atención dirigidos tanto a la población adulta como a los menores.(:::)
Con independencia de los retos que el fenómeno de la inmigración supone para el diseño y el desarrollo de las políticas sociales, las defensorías del Estado coincidimos en subrayar la necesidad de alcanzar acuerdos entre las distintas administraciones públicas del Estado en un tema tan importante desde el punto de vista de los derechos de los menores. Asimismo, queremos advertir de que, a pesar de su importancia, se trata sólo de un primer paso en la obligación inexcusable que tienen las administraciones públicas de velar por el interés primordial del menor, tal como establece el artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño, y atender sus derechos como los de cualquier otro ciudadano menor de edad que se encuentre en territorio español (Ley 1/1996 de protección jurídica del menor). Cabe recordar, asimismo, que el artículo 2.1 de Convención de los Derechos del Niño prohíbe explícitamente la discriminación del menor por razón de origen nacional. Además, el ordenamiento jurídico español establece claramente que los menores son ante todo menores, principio que debe prevalecer sobre la condición de extranjero.

La Red Europea de Defensores del Menor (ENOC, European Network of Ombudspersons for Children), aprobó en su última reunión anual una declaración instando a los países miembros del Consejo de Europa a tomar las medidas necesarias para asegurar los derechos de los menores no acompañados. Este hecho demuestra la relevancia que adquiere este fenómeno a escala europea y justifica que, dada la especial importancia que tiene para el caso español, las defensorías presentemos una declaración para expresar ante la sociedad española nuestra responsabilidad de velar para que los derechos de estos menores sean garantizados. Subrayar las obligaciones que las distintas administraciones públicas tienen respecto a los menores y recomendar algunas acciones dirigidas a reforzar el cumplimiento de sus derechos.


Principios de actuación

VER Observacion 6ª de las Naciones Unidas(2005)

1) Las Administraciones públicas competentes en las distintas CCAA deben asumir la tutela del menor de forma inmediata, mientras se estudia la realidad del menor y del núcleo familiar de origen. Debe evitarse que la fase de estudio de su situación suponga en la práctica la privación de acceso a recursos socioeducativos y a la formación laboral.

2) Las Administraciones competentes deben empezar a documentar al menor y tramitar su (tarjeta temporal)residencia cuando quede acreditada la dificultad de retorno con su familia, de acuerdo con el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, sin esperar los nueve meses que establece el Reglamento (Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre), plazo que, de acuerdo con una interpretación conforme a la ley, debe ser considerado un máximo.

3) Los menores no deben ser repatriados a sus países de origen salvo que existan garantías de que la reintegración a su núcleo familiar de origen (o recurso de protección alternativo) asegure el mejor interés para el menor. La decisión debe tener en cuenta el propio punto de vista del menor –que tiene derecho a ser escuchado- y sólo puede llevarse a cabo después de un estudio detenido de los recursos disponibles en su país de origen.

4) Las pruebas médicas previas de determinación de la edad sólo deberán ser realizadas en casos de duda y deberían efectuarse con el asesoramiento de expertos independientes y tecnología moderna que incluya una combinación de pruebas físicas, sociales y psicológicas.
Siempre deberá tomarse como edad de referencia la menor que resulte de las pruebas médicas realizadas.

5) Los menores deberían recibir asistencia jurídica independiente de la Administración, como es el turno de oficio colegial, con el fin de asegurar que los procesos administrativos o judiciales se lleven a cabo teniendo en cuenta su interés superior.

6) Las Comunidades Autónomas deben coordinar sus modelos de atención a los menores inmigrantes no acompañados para evitar “fugas” de los menores a aquellas comunidades que garantizan mejor el proceso de tutela y residencia y que ofrecen mejores recursos socioeducativos.

7) Asimismo, las Comunidades Autónomas y las Delegaciones del Gobierno coordinarán también su actuación en los ámbitos de sus respectivas competencias para evitar disfunciones y asegurar que la propuesta sea la más adecuada al interés del menor en cada caso. Para facilitar la coordinación interinstitucional es necesario disponer de un registro unificado de menores inmigrantes no acompañados compartido por todas las Administraciones públicas con competencias en la cuestión.

8) En la atención a los menores extranjeros no acompañados deben diseñarse y planificarse los recursos necesarios para favorecer su desarrollo integral y facilitar su inserción en la sociedad de acogida.

9) Todas las Administraciones públicas deben asumir sus
responsabilidades en la atención a los menores no acompañados.

Es importante que los gobiernos de las CCAA establezcan acuerdos con las administraciones locales de su territorio para diseñar conjuntamente los recursos y las estrategias necesarias que mejor garanticen la atención e integración de los menores no acompañados. Especialmente importante es la necesidad de superar las actitudes de rechazo social que acompañan en ocasiones a las medidas de acogida y protección de estos menores.

10) Los centros de acogida de menores inmigrantes no acompañados deben presentar garantías de adecuación espacial, sanitaria y educativa. Las CCAA deben garantizar que los menores reciban atención a través del circuito normalizado, concentrando las actividades en centros de 24 horas que proporcionen a los menores recién llegados referentes educativos y afectivos estables.
Octubre de 2006